viernes, mayo 17, 2024

Extienden el Repro 2 que paga $22.000 a monotributistas y autónomos de sectores críticos

Trabajadores independientes podrán inscribirse al programa de asistencia por la pandemia de Covid-19 y obtener un beneficio económico por salarios devengados este mes. Cuáles son los requisitos y rubros alcanzados por la medida

El Ministerio de Trabajo extendió el programa Repro 2 para trabajadores independientes (monotributistas y autónomos) de sectores críticos, por el cual cobran hasta $22.000, correspondientes a los salarios devengados este mes.

La cartera laboral extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para los salarios devengados este mes, a través de la Resolución 486/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La norma establece que estos trabajadores deberán cumplir con el conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, fijados para el criterio de selección, que hasta ahora se comparaban interanualmente y pasan a hacerse contra 2019.

Quiénes acceden al Repro 2 para independientes
Monotributistas y autónomos podrán inscribirse al Repro II y obtener un beneficio de $22.000 por trabajadora o trabajador independiente. Esto será válido para quienes no tengan empleados en relación de dependencia o tengan hasta 5 empleados y formen parte de los siguientes sectores:

  • Gastronomía
  • Turismo
  • Transporte
  • Industrias culturales
  • Actividades deportivas y de esparcimiento
  • Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación
  • Peluquerías y centros de belleza

Requisitos

Los indicadores con los que deben cumplir son: la variación porcentual de la facturación, del IVA compras, del consumo de energía eléctrica y gasífera, de la relación entre el costo laboral total y la facturación, y de las importaciones, el endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto) y la liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).

Para todos los indicadores, excepto los de endeudamiento y liquidez corriente, el período de referencia para la variación porcentual son los últimos dos meses anteriores al mes en el cual el Programa brinda la asistencia y los mismos meses de 2019.

Por otra parte, la resolución exceptúa a los sectores críticos, para el mes correspondiente a los salarios devengados en agosto, de la presentación del balance requerido.

Para acceder al beneficio de $22.000, la persona alcanzada por el beneficio deberá presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el período comprendido entre julio de 2019 y el mismo mes de 2021, cuando hasta ahora se tomaba abril de ambos años para su comparación.

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